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Reporte de denuncias de soborno y corrupción
Las entidades obligadas establecidas en el numeral 4.1 del Capítulo XIII de la Circular Básica Jurídica de la Superintendencia de Sociedades deberán incluir dentro de su PTEE la promoción del canal de denuncias por soborno transnacional dispuesto en el siguiente link:
Igualmente, las entidades obligadas establecidas en los numerales 4.2 y 4.3 del Capítulo XIII de la Circular Básica Jurídica de la Superintendencia de Sociedades deberán incluir dentro de su PTEE la promoción del canal de denuncias por actos de corrupción dispuesto en el siguiente link:
http://www.secretariatransparencia.gov.co/observatorio-anticorrupcion/portalanticorrupcion
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