Informe Maestro
NUESTROS SERVICIOS
Ofrecemos la traducción del informe maestro, si ya cuentan con este documento pero no ha sido transmitido aún a la DIAN, para lo cual tendremos en cuenta la terminología y propósito conceptual en materia de precios de transferencia que debe cumplir el documento y sobre lo cual ofrecemos 17 años de experiencia.
Pero si, por algún motivo, aún no disponen del informe maestro de precios de transferencia, nuestra firma especializada está en capacidad de ayudarles a diseñarlo, prepararlo y redactarlo, con todos los requerimientos formales y técnicos exigidos por la sección 2, Capítulo 2, Título 2 del Decreto 1625 de 2016.
TIEMPO DE ENTREGA
Solo traducción (a español): entre tres y cinco semanas; o
Diseño y elaboración completa del documento: entre cuatro y seis semanas
En ambos casos, incluida la revisión por parte de la empresa, la cual puede tardar, a veces, más de una semana.
También se puede adelantar cualquier de los dos servicios bajo el esquema de trabajo urgente o con prioridad (para casos en los que el vencimiento esté muy cerca).
RIESGOS Y SANCIONES
Por formar parte —el Informe Maestro— de la documentación comprobatoria (numeral 1, artículo 260-5 del E.T.) le son aplicables las sanciones relacionadas con no presentación, extemporaneidad, omisión, inconsistencias o corrección, contempladas en el literal A. del artículo 260-11 del Estatuto Tributario, las cuales se calculan sobre el monto total de las operaciones adelantadas con vinculados del exterior o domiciliados en zonas francas o en paraísos fiscales o, en algunos casos, sobre los ingresos o el patrimonio del contribuyente.
OBLIGADOS AL INFORME MAESTRO
Están obligados a presentar el informe maestro quienes presentaron declaración informativa (y que hayan diligenciado afirmativamente la casilla 37 del formulario 120) e informe local por operaciones adelantadas durante el año 2019, durante el mes de julio del presente año y que, además, pertenezcan a un grupo multinacional, entendiendo por este el cumplimiento de las siguientes dos condiciones:
1) que haya dos o más empresas vinculadas cuya residencia fiscal se encuentre en jurisdicciones diferentes; y
2) que se esté obligado a preparar estados financieros consolidados (por parte de la casa matriz o sociedad controladora) de conformidad con los principios de contabilidad aplicables o que se estaría obligado a ello si las participaciones en el capital de tales empresas se negociaran en un mercado de valores.
ESTRUCTURA Y PRESENTACIÓN
El informe maestro debe ser preparado por la casa matriz o sociedad controladora del grupo multinacional (en razón a que este reporte incorpora una visión general del negocio del Grupo Multinacional incluyendo la naturaleza de sus actividades económicas a nivel mundial, las políticas generales en materia de precios de transferencia y el reparto global de ingresos, riesgos y costos) y puede presentarse en idioma inglés, aunque se puede requerir su traducción al español, para lo cual la DIAN otorgará un plazo de 20 días hábiles y el proceso deberá contratarse con el Ministerio de Relaciones Exteriores o con un intérprete oficial.
Por lo anterior, es recomendable que el informe maestro se presente, de una vez, traducido al español, dado lo específico y altamente técnico de su contenido evitando, de esta manera, futuros requerimientos para su traducción o explicación de contenidos.
El Informe Maestro (Master File) sirve para ser presentado en diferentes jurisdicciones fiscales, que así lo requieran en su normativa tributaria minimizando, de esta manera, la inversión hecha para su diseño y preparación.